Piedra Libre - Revista Latinoamericana en Israel

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Año 7 Número 40

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No me dejan ver a mis nietos

Soy cubano y judío por parte de ambos padres. Hice aliá desde Cuba en el año 2003 con mis dos hijos. Una hija se comprometió con un cubano que ya vivía aquí y sin casarse tuvieron dos hijos. Yo nunca me llevé bien con el padre de los nenes y él nunca quiso darles su apellido, por lo que yo les puse el mío. Así consta en el registro de nacimiento, que son hijas de madre soltera, pero con mis apellidos.

 

La cuestión es que hace ya más de un año que por no llevarme bien con el marido de mi hija, los dos han decidido que yo no vea a mis nietas ni a un metro o me denuncian. Estoy desesperado, pues mis nietos son mi vida y aquí todos los vecinos saben que he vivido siempre para ellos. Mis preguntas son las siguientes: ¿Qué derechos tengo sobre mis nietas? ¿Mi hija y su actual marido pueden prohibirme verlas? ¿Quién me puede dar una autorización para verlas? ¿A dónde puedo ir para resolver este tema? Sin más, los saluda un abuelo de 65 años, enfermo y desesperado por esta situación. Les ruego su pronta respuesta, Rubén Martínez Souza.

Respuesta: No existe en el código legal de Israel ningún artículo específico que otorga reconocimiento al derecho del abuelo de ver o visitar a sus nietos.

El derecho del abuelo de ver a sus nietos deriva de la Ley General, o de los Derechos de los Niños de llevar relaciones familiares según el Convenio Internacional sobre los Derechos del Niño, que Isra el firmó (1991), o si deriva de las Leyes Constitucionales.

Si ya bien jueces respetan el derecho humano del abuelo en visitar a sus nietos basándose en la Ley Base Constitucional, no siempre cuando el abuelo demanda ver a sus nietos, los jueces le permiten, porque los jueces se basan en la ley que es muy clara: Ley de Tutoría (jok haksherut hamishpatit ve-apotropsut - 1962). Esta ley decide (art. 14) que los padres biológicos son los tutores naturales de los niños, y sólo ellos tienen el derecho y la obligación de criar a sus hijos (art.15). Los derechos de los abuelos son reconocidos por la ley sólo en caso de fallecimiento de los dos padres (art.28a). En casos especiales que muere uno de los padres, el juzgado decidirá la continuación de las relaciones entre los padres del difunto y los niños. La ley viene a respetar y proteger el derecho de los padres para permitirles criar a sus hijos sin molestia o intevención externa, incluye la de los abuelos. Si hubiese querido el legislador conceder derechos a los abuelos mientras los padres están en vida, lo hubiese hecho, pero padres biológicos son los tutores naturales de los niños y mientras el juzgado no le quite a los padres esos derechos (por salud o por conducta), son los padres los que deciden todo respecto a sus hijos.

No habiendo buenas relaciones entre el padre o los padres de los niños y el abuelo, puede el abuelo pedir ayuda al juzgado para que tal decida y considere si el bien de los niños, en ese caso específico, requiere que los niños se vean con el abuelo. En el caso 4460/08 la jueza Varda Ben Shachar rechazó la demanda del abuelo de ver a su nieta basándose en la Ley de Tutoría y otorgándoles a los padres la máxima consideración. Mientras que ningún juez no les quitó a los padres la tutoría, solamente los padres decidirán todo sobre sus hijos.

Ningún juez obligará a los padres a permitir visitas entre el abuelo y los niños, habiendo padre y madre que crían bien a sus hijos, solamente por malas relaciones entre el abuelo y el padre.

Lo lamento Sr. Abuelo, pero el hecho que usted fue un buen abuelo para sus nietas y un buen padre para su hija, no le ayudará en este caso. El es el padre biológico, eso es lo que juega por la ley, y no importa si están casados los padres o no, y no importa el apellido de quien llevan la niña s. Lo ideal sería si la madre (su hija) tratara de ayudarle para ver a las niñas. Siempre es mejor hablar y llegar a un acuerdo que demandar y hacer juicio. Si de todas formas va usted a juicio, sepa que solamente en casos muy especiales, cuando se revisa profundamente el bienestar de los niños (tovat haieled), los abuelos pueden pedir ayuda (saad zmani) y el juzgado de familia puede dar una orden para permitir visitas entre los niños y los abuelos. Eso requiere, por supuesto, una lucha judicial larga, cara y no agradable. Dra. Judith Shamir, abogada

¿Me corresponde el reintegro?
Hace dos meses llegué al país por segunda vez. Me fui en enero del 2003, en ese momento estaba en vigencia el depósito de shékels (6.200) lo cual hice y ahora al volver, en el Ministerio de Absorción, la encargada de los que regresan al país me informó que tendrían que devolverme dicho importe, pues ellos lo tenían. Más tarde fui nuevamente y me contestó otra persona que sólo me devolverían 3.033 shékels. Al verme sorprendida por ese dinero, me contestaron que era por causa de gastos del país. Lo que quiero saber es cuál es la respuesta correcta, si la primer opción o la segunda; pues considero que es mi dinero y que está en caución, hasta tanto regrese al país. Sin más los saludo y les agradezco desde ya su atención. Orli

Respuesta: La gente que hizo aliá en esa época (2002/2003), y venía de Sudamérica, recibió varias sumas de dinero en concepto de "ayuda" o "premio" que superaban en gran medida los montos normales de la asignación por olé jadash, montos que los inmigrantes de otros continentes no recibían. El depósito fue una forma de garantizar que quien abandona el país, sin intención de volver, no se beneficie gratuitamente por un "paseo" por estas tierras. Fue una manera de asegurar el objetivo de la subvención. Muchos de los olim jadashim, cobraron esas sumas y luego regresaron a sus países de origen, sin devolver la plata que recibieron para usarla en Israel. De cualquier manera, si usted se fue y dejó dinero en una cuenta bancaria, la cuenta abierta genera gastos de mantenimiento. Usted debería solicitar que le detallen los gastos que dicen le cobraron. Dr. Miguel Abadi, Abogado.

Presentar quiebra
Mi nombre es Marcelo y quería consultar por el trámite de quiebra. Soy discapacitado, recibo el 100% de invalidez del Bituaj Leumi. Mi problema es que entré en una serie de deudas después de perder mi vivienda, las cuales se me hacen imposible pagar dado el monto de las mismas. Hice ijud tikim pero tendría que dejar el sueldo para poder pagar el 3% que me piden en Tribunales. ¿Qué tipo de trámites tendría que hacer para poder presentar quiebra? ¿Cuánto tiempo demora el juzgado en dar respuesta a la solicitud? ¿Cuánto tiempo tendría que pagar? ¿Es verdad que en el transcurso de un año saldría de todas las deudas y gozaría de todos los derechos de cualquier ciudadano como por ejemplo, poder salir del país y poder tener una vida “normal”, solicitar cuenta en el Banco y demás? Desde ya perdón por las molestias y muchas gracias.

Respuesta: Cuando una persona tiene varias deudas, y los acreedores ya empiezan a ejecutarlo, el "ijud tikim" (unidad de procesos), permite que se reúnan en un sólo juicio todos los reclamos que tiene el mismo deudor. Esto tiene varias ventajas: Se va a realizar una única audiencia para determinar cuánto puede pagar el deudor. Al final de ella, se fijará la cuota mensual que deberá hacer frente el deudor. Se frena que aparezcan embargos y otras medidas cautelares contra el deudor desde distintos expedientes, que se abrirán iniciado también en distintas jurisdicciones; y siempre tiene como consecuencia que los acreedores van ir perdiendo interés en perseguir al deudor, siempre y cuando éste no tenga bienes de valor. Pero cuando se pide el ijud tikim hay un porcentaje de la deuda que se tiene que abonar para su apertura.

Desde el punto de vista del deudor, una de las ventajas que tiene el proceso de "pshitat reguel" (similar al concurso de acreedores/quiebra) es que con ello termina con la agobiante persecución que tiene por parte de los acreedores, embargos, pago de altas y casi imposibles cuotas, pedidos de arresto, prohibición de salir del país, etc. Esto es conveniente cuando el deudor no tiene cosas que esconder frente a los acreedores, y sus deudas son tan altas que le va a ser imposible afrontarlas. Con ello se frenan todos los juicios de ejecución (Hotzaá la foal) y sólo paga una cuota mensual en la Caja del "Cones Nejasim ha rishmi". Da la posibilidad al deudor de abrir una nueva página de vida. Dr. Miguel Abadi, Abogado

 

David Broza y Mayumana cantan "bejuntos"

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Las fotos de Piedra Libre:

 

 

 

Imagen tomada en el cada vez más hermoso y afamado barrio Nevé Tzédek de Tel Aviv. El escrito en la pared es "Am Israel Jai", (el pueblo de israel vive!). Fotógrafo Gilad Benari

 

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